O B J E T I V O S

Capítulo I. El nombre, los fines y el domicilio

Artículo 1º

La ASSOCIACIÓ PER A LA RECUPERACIÓ DE LA MEMÒRIA HISTÒRICA DE CATALUNYA (ARMHC), se constituye como asociación que regulará sus actividades conforme a la Ley 7/1997, de 18 de junio, de asociaciones de la Generalitat de Catalunya publicada en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya número 2423, del 1 de julio, y con ello sus estatutos.

Artículo 2º

Los promotores de la asociación, interesados en la recuperación de la verdad en la etapa del franquismo y las consecuencias que ella provocó, reunidos el día 18 de diciembre de 2002, con la finalidad de agrupar y coordinar los esfuerzos personales y con ello conseguir avanzar hacia la recuperación de la memoria histórica establecen como objetivos o fines de la asociación los que se detallan en los siguientes apartados:

A) hacer realidad la recuperación de la verdad, de la dignidad y de la justicia que les corresponde y deben recibir las personas sacrificadas en la represión de la etapa franquista en Catalunya.

B) Iniciar los trabajos de investigación necesarios para localizar y identificar las fosas con restos humanos de las víctimas civiles y militares a causa de la guerra como las represalias políticas en el período de 1936 hasta el 1939, así como del período de 1940 hacía adelante, y que aún no han sido identificados.

C) Iniciar un proceso de forma que la sociedad catalana se sienta involucrada en los fines de la asociación para recuperar la verdadera historia de los años 1936 hasta 1977.

D) Difundir tanto a la sociedad como a las instituciones públicas todos aquellos datos de los que la asociación conozca, con el objetivo de contar de nuevo hechos manipulados, identificar personas, y describir y detallar las circunstancias sufridas por las víctimas del franquismo, establecer los vínculos familiares entre los supervivientes y descendientes, investigar el número más exacto de las verdaderas víctimas de ese período, y reclamar la acción de la justicia en la persecución de los responsables de Crímenes Contra la Humanidad, cuando así resulte.

Queda excluida de la asociación cualquier actividad con ánimo de lucro.